Sí, mientras estas soluciones de terceros cumplan con las directrices del RGPD sobre procesamiento y almacenamiento de datos. Los datos personales solo pueden ser transferidos fuera de la UE a países que cumplan con el requisito de adecuación o cuando se pueda garantizar un nivel adecuado de protección de la privacidad por medio de Normas Corporativas Vinculantes.
Las Normas Corporativas Vinculantes son el modelo de referencia de la UE sobre la privacidad de los datos. Las NCV permiten a las empresas multinacionales transferir datos personales desde el Espacio Económico Europeo (EEE) a sus empresas afiliadas situadas fuera de este, las cuales no aseguran un nivel de protección adecuado. Las NCV deben estar en consonancia con los requisitos del grupo de trabajo del artículo 29 (sobre las NCV):
Para garantizar que sus NCV serán aprobadas, las empresas deben elegir una autoridad de protección de datos principal para aprobar las NCV y coordinar la aprobación de otras autoridades pertinentes de protección de datos.